La Cuarta Sala de la Corte Suprema, en fallo unánime, declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por un ex trabajador que demandó por despido injustificado a la empresa Sodexo Chile SpA, concesionaria de casinos, restaurantes y servicios de alimentación industrial. El demandante se desempeñaba como jefe de control de gestión y encargado de remuneraciones del segmento minería.
La decisión, recaída en la causa rol 21.211-2026, fue adoptada por los ministros Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, Mireya López y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop e Irene Rojas. El tribunal consideró que la materia de derecho propuesta no cumplía con los requisitos legales para habilitar el arbitrio.
MATERIA DE DERECHO PROPUESTA
El recurso buscaba unificar la interpretación del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, que establece la causal de término de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. El demandante planteaba dos interpretaciones alternativas: una que exige al juez realizar una ponderación y análisis de proporcionalidad de todos los hechos acreditados, y otra que considera suficiente la mera constatación del incumplimiento y sus efectos para aplicar la causal en términos amplios.
La Sala, sin embargo, estimó que la cuestión tal como fue formulada no podía ser contrastada con otras sentencias, pues se refería a los presupuestos fácticos específicos del caso. Ello situaba el análisis en un terreno concreto y particular, imposibilitando la comparación en lo estrictamente jurídico con otros fallos.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
El fallo recordó que, conforme al artículo 483 del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede solo cuando existen distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes de tribunales superiores sobre la materia de derecho objeto del juicio. Además, el artículo 483-A del mismo código exige que el recurso contenga una relación precisa y circunstanciada de las interpretaciones divergentes y que se acompañe copia de las sentencias que se invocan como fundamento.
En este caso, la Corte concluyó que el pretendido tema de derecho, tal como fue planteado, no constituía un asunto jurídico habilitante. Al depender del contexto situacional de cada caso, la materia era de eminente carácter casuístico, lo que impedía su unificación.
DECISIÓN FINAL
Por estas consideraciones, la Cuarta Sala declaró inadmisible el recurso interpuesto contra la sentencia de veinte de marzo de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones respectiva. Con ello, se mantiene firme el fallo que rechazó íntegramente la demanda por despido injustificado del ex trabajador de Sodexo Chile SpA.
La resolución subraya que el recurso de unificación de jurisprudencia no es una instancia para revisar hechos concretos, sino para armonizar criterios jurídicos generales cuando existan interpretaciones contradictorias entre tribunales superiores.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
