Corte Suprema confirma indemnización por accidente con camilla en Hospital de Rengo
La Tercera Sala de la Corte Suprema, en causa Rol N°10.173-2026, desestimó la casación presentada por el Servicio de Salud O’Higgins y mantuvo la condena a pagar 5 millones de pesos por daño moral a una paciente que sufrió la amputación de una falange durante una atención de urgencia.
DETALLES DEL FALLO
Con fecha 19 de mayo, el máximo tribunal confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua, que a su vez ratificó el fallo de primer grado. La demanda por falta de servicio fue acogida y el organismo de salud quedó obligado a indemnizar a la afectada por el accidente ocurrido en el Hospital de Rengo.
HECHOS DEL CASO
Los hechos se remontan al 20 de abril de 2019, cuando la demandante llegó al Servicio de Urgencia del Hospital de Rengo con un intenso dolor de cabeza, debilidad en la mitad izquierda del cuerpo y presión arterial alta. Mientras esperaba ser trasladada al Hospital Regional de Rancagua para una evaluación especializada y una tomografía computarizada cerebral, el personal médico intentó acostarla en una camilla de pasillo. En ese momento, la cabecera del mueble se deslizó hacia un lado y atrapó su mano derecha, causándole el corte y amputación de la falange del dedo meñique. Posteriormente recibió atención traumatológica y fue derivada al centro de Rancagua, donde se diagnosticó una fractura expuesta.
ARGUMENTOS DE LA CORTE
Los magistrados consideraron que hubo falta de servicio debido a una falla en el funcionamiento del hospital, ya fuese por negligencia del personal al no revisar los seguros de la camilla o por un deficiente mantenimiento del equipo. La Corte de Apelaciones señaló que la existencia de protocolos de prevención no basta para eximir de responsabilidad si los trabajadores no los conocen, lo que quedó acreditado al declarar la propia funcionaria de urgencias que no los conocía. Se estableció un vínculo causal directo entre la prestación deficiente y el daño sufrido.
RESOLUCIÓN DEL RECURSO
El Servicio de Salud O’Higgins invocó vulneración de normas procesales y de la carga probatoria, sosteniendo que no había un peritaje técnico directo respecto del estado de la camilla. La Corte Suprema desestimó ambos motivos de casación, indicando que la demandante probó que el daño se originó por un mal funcionamiento del hospital y que correspondía al servicio probar que cumplió con sus deberes de cuidado. Añadió que los protocolos internos no eran suficientes para liberar de responsabilidad, y que los jueces de instancia ponderaron correctamente la prueba testimonial.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
