Francisco Coeymans, ex gerente general de Primus Capital, no logró revertir la multa que le impuso la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), tras ser confirmada por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.
La resolución de la Novena Sala, firmada por los ministros Jenny Book Reyes, Manuel Rodríguez Vega y el abogado integrante Catalina Infante Correa, desestimó con costas el recurso de ilegalidad que el ejecutivo había presentado.
La sanción se originó en mayo de 2025, cuando la CMF multó a Coeymans con 50 mil UF y una inhabilidad de cinco años para desempeñarse como director o ejecutivo principal en entidades supervisadas. Según el regulador, Coeymans, en su calidad de gerente general de Primus Capital, entregó deliberadamente información financiera que no se ajustaba a la realidad económica de la empresa, con activos inflados en más de 35 mil millones de pesos producto de operaciones irregulares de factoring.
LA SANCIÓN DE LA CMF
La CMF estableció que Coeymans, con pleno conocimiento, entregó al mercado y al regulador información falsa sobre la situación financiera de Primus. Las irregularidades se detectaron tras una auditoría interna que reveló operaciones de factoring respaldadas con cheques que eventualmente resultaron falsificados. Además, la investigación interna de Primus reveló faltas graves a la probidad y aprobación de operaciones con clientes que las áreas de riesgo y legal habían rechazado, involucrando a Coeymans e Ignacio Amenábar.
RECURSO DE COEYMANS
En su recurso, Coeymans sostuvo que las sanciones carecían de una base fáctica suficientemente acreditada y que la CMF aplicó indebidamente una norma de carácter penal. Alegó que la multa era desproporcionada y que la autoridad no tenía competencia para imponerla. Sin embargo, la Corte de Apelaciones rechazó estos argumentos.
PROPORCIONALIDAD DE LA MULTA
La Corte consideró que la multa de 50 mil UF se enmarca dentro de los límites legales y está justificada por la gravedad de las infracciones. El tribunal señaló que la resolución de la CMF fundamentó ampliamente la sanción en el impacto que la información falsa tuvo sobre la confianza pública y la supervisión del mercado, así como en la materialidad de las irregularidades.
PRUEBAS Y FUNDAMENTOS
El fallo recordó que la CMF tiene la facultad de sancionar administrativamente para proteger la transparencia, la fe pública y la confianza de los inversionistas en el mercado financiero. Los jueces precisaron que Coeymans suscribió por propia voluntad la declaración de responsabilidad correspondiente a los estados financieros de 2022, y que en sede penal reconoció los hechos. Además, se basó en informes forenses de KPMG que acreditaron las irregularidades en las operaciones.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
