El Presidente José Antonio Kast, en el marco de su visita oficial a Costa Rica, respaldó las declaraciones del ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, quien anticipó que, si la denominada megareforma no logra apoyo en el Congreso, el Ejecutivo podría recurrir a la potestad reglamentaria para avanzar en ciertas materias económicas. Las afirmaciones del secretario de Estado, realizadas durante un seminario organizado por Clapes UC, abrieron el debate sobre los límites de la administración por decreto en un sistema presidencialista como el chileno.
DEBATE SOBRE LA POTESTAD REGLAMENTARIA
Consultado directamente por la prensa, el Mandatario no descartó utilizar decretos si la Ley de Reconstrucción Nacional no prospera en el Parlamento. “Espero que la iniciativa logre los apoyos necesarios, pero los gobiernos siguen gobernando”, sostuvo Kast, añadiendo que existen materias que no requieren trámite legislativo y pueden ser gestionadas por el Ejecutivo sin invadir las atribuciones del Poder Legislativo.
El Jefe de Estado precisó que cualquier decreto se enmarcaría dentro de las herramientas legales y constitucionales disponibles. “Hay situaciones donde el gobierno puede tomar ciertas determinaciones por decreto, siempre que no se pasen a llevar las facultades del Congreso. Nunca intentaríamos hacer algo así”, enfatizó.
Entre las áreas que podrían avanzar por esta vía, Kast mencionó temas ambientales y económicos que involucran tanto al Ministerio de Economía como al de Hacienda, sin entregar detalles específicos.
CONTEXTO DE LA MEGARREFORMA
La iniciativa gubernamental, que el Ejecutivo ha impulsado como eje de su gestión, enfrenta un escenario complejo en el Parlamento. Ante la posibilidad de un estancamiento legislativo, Quiroz afirmó que “vamos a seguir gobernando igual, porque también existe la gestión y también están los decretos”. Dicha postura ha generado reacciones entre parlamentarios y constitucionalistas, quienes recuerdan que, conforme al artículo 32 de la Constitución, el Presidente puede dictar decretos e instrucciones para la ejecución de las leyes, pero no puede legislar salvo en casos de delegación expresa.
RESPALDO A LA MINISTRA STEINERT
En otro eje de la conferencia, Kast reiteró su apoyo a la ministra de Seguridad Pública, Trinidad Steinert, quien ha enfrentado fuertes cuestionamientos por su gestión, especialmente en materias de comunicación y resultados operativos.
El Mandatario fue consultado sobre el informe que prepara la Contraloría General de la República respecto de la intervención de Steinert en la salida de la exsubdirectora de Inteligencia de la PDI, Consuelo Peña. Según ha trascendido, el informe sería desfavorable para la secretaria de Estado. Ante ello, Kast optó por la prudencia: “Lo razonable es esperar a que salga la resolución y, una vez que eso suceda, actuar en conformidad a lo que señale la Contraloría. El respaldo a la ministra de Seguridad es total”.
POLÉMICA POR PUBLICACIÓN EN REDES SOCIALES
El Jefe de Estado también se refirió a la controversia surgida tras una publicación en las redes oficiales del Ministerio de Seguridad, donde se comparó un operativo en Temucuicui con la fallida visita de la exministra del Interior Izkia Siches durante el gobierno de Gabriel Boric. El mensaje indicaba: “Mientras el gobierno pasado salía a balazos de Temucuicui, la ministra Steinert salió con 5 detenidos”.
Kast reconoció el error comunicacional: “Se reconoció que había un error, se retiró el posteo. Si alguien quiere solicitar una investigación, lo puede hacer. Se contestará conforme a los mecanismos establecidos, pero en paralelo seguiremos avanzando en el combate al crimen organizado, que tiene preocupado a todo Chile”.
PERSPECTIVAS JURÍDICAS
Las declaraciones presidenciales reabren el debate sobre el uso de la potestad reglamentaria en materias económicas. Especialistas en derecho constitucional recuerdan que, si bien el Presidente cuenta con facultades para dictar decretos en ámbitos no reservados a la ley, cualquier exceso podría ser objeto de control ante el Tribunal Constitucional o la Contraloría, conforme a los artículos 93 y 98 de la Constitución.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
