El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago decretó prisión preventiva para el exdiputado Joaquín Lavín León, tras imputársele los delitos de fraude al fisco, tráfico de influencias y falsificación de instrumento privado mercantil. La misma medida cautelar se aplicó a su exasesor, Arnaldo Domínguez.
La decisión se adoptó luego de cinco jornadas de audiencia, en las que el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado presentaron antecedentes que, a juicio del magistrado Daniel Urrutia, lograron acreditar la existencia de conductas ilícitas.
FUNDAMENTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR
El juez Urrutia sostuvo que la gravedad y naturaleza de los hechos atribuidos, junto con la entidad de las sanciones probables, justificaban la prisión preventiva. En su resolución, destacó que los delitos imputados superan el marco penal del presidio mayor en su grado mínimo, equivalente a más de cinco años y un día de cárcel efectiva, pudiendo alcanzar hasta más de diez años de privación de libertad. Ello implica que, en caso de ser condenados, los imputados no podrían acceder a penas sustitutivas.
“La libertad de los imputados se constituye en un peligro para la seguridad de la sociedad y se decreta a su respecto la prisión preventiva”, señaló el magistrado al fundamentar su decisión.
DESTINO DEL EXLEGISLADOR
La defensa de Lavín León solicitó que el exdiputado sea trasladado al recinto penitenciario Capitán Yáber. Sin embargo, la determinación final del establecimiento donde cumplirá la medida cautelar quedará en manos de Gendarmería de Chile.
PLAZO DE INVESTIGACIÓN
El tribunal fijó un plazo de 90 días para que la Fiscalía desarrolle las diligencias investigativas. Durante este período, el Ministerio Público deberá recabar los antecedentes necesarios para formalizar la acusación o solicitar el sobreseimiento de la causa.
La resolución del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago marca un hito en el proceso penal que enfrenta el exlegislador, al tratarse de una de las medidas cautelares más gravosas contempladas en el ordenamiento procesal chileno. La prisión preventiva solo procede cuando existen antecedentes calificados que hacen presumir que la libertad del imputado representa un peligro concreto para la seguridad de la sociedad o para el éxito de la investigación.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
