El Juzgado de Garantía de Limache adoptó una resolución que marca un criterio jurisprudencial en la tramitación de causas por agresiones contra autoridades. En el caso del diputado Javier Olivares (PDG), el tribunal rechazó la prisión preventiva solicitada por la parte querellante y optó por medidas cautelares menos gravosas para los dos imputados, quienes deberán mantenerse alejados del parlamentario y firmar periódicamente ante la autoridad judicial.
RECHAZO A LA PRISIÓN PREVENTIVA
La decisión del tribunal de primera instancia desestimó la petición de la querella, que había solicitado la máxima medida cautelar privativa de libertad. En su lugar, el fallo acogió parcialmente lo requerido por el Ministerio Público, que había planteado arraigo nacional, prohibición de acercamiento a las víctimas y firma quincenal. El juez de garantía solo decretó las dos últimas, dejando fuera el arraigo.
Este tipo de resoluciones, aunque no tienen efecto vinculante formal fuera del caso concreto —conforme al artículo 3° del Código Civil—, sientan pautas interpretativas para tribunales inferiores en la región. En Chile, salvo sentencias de la Corte Suprema en recursos de unificación de jurisprudencia, los fallos de los Juzgados de Garantía no obligan a otros tribunales, pero sí ofrecen criterios orientadores para causas similares.
MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS
Conforme al auto de formalización, los dos detenidos quedaron sujetos a dos medidas cautelares:
– Prohibición de acercarse a la víctima, en este caso el diputado Olivares.
– Firma quincenal ante el tribunal, como mecanismo de control de su comparecencia.
Ambas medidas se enmarcan en lo dispuesto en el Código Procesal Penal, que permite al juez de garantía adoptar cautelares menos restrictivas que la prisión preventiva, siempre que resulten suficientes para asegurar la presencia del imputado en el proceso y la seguridad de la víctima.
FORMALIZACIÓN Y PLAZO DE INVESTIGACIÓN
Los imputados fueron formalizados por los delitos de atentados y amenazas contra la autoridad, figuras penales contempladas en el Código Penal chileno. Durante la audiencia, se exhibió un registro audiovisual que muestra el momento del golpe contra el parlamentario, elemento que la Fiscalía incorporó como parte de sus antecedentes.
El tribunal fijó un plazo de investigación de 120 días, dentro del cual el Ministerio Público deberá reunir las pruebas necesarias para sustentar una eventual acusación. Este periodo es estándar en causas de mediana complejidad y permite a la defensa ejercer su derecho a contradicción.
El caso sigue su curso en el sistema procesal penal, a la espera de que la Fiscalía formalice sus conclusiones dentro del plazo legal.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
