El Ejecutivo ingresó el 18 de mayo a la Cámara de Diputados un proyecto de ley, boletín 18259-08, que modifica el Código de Minería y las leyes 21.420 y 21.649 en materia de amparo minero. La iniciativa busca ajustar el régimen de patentes, ampliar las causales de rebaja y eliminar la escala progresiva actual.
NUEVA PATENTE FIJA
El eje central de la propuesta es reemplazar el esquema progresivo del artículo 142 bis del Código de Minería. Actualmente, las concesiones de explotación que no acceden a rebajas quedan sujetas a un incremento gradual según su antigüedad. El proyecto elimina ese mecanismo y establece una patente anual fija de cuatro décimos de unidad tributaria mensual por hectárea completa para las concesiones de explotación.
La iniciativa mantiene la posibilidad de acceder a una patente rebajada de un décimo de UTM por hectárea, pero amplía significativamente los supuestos para obtener ese beneficio. Entre las nuevas hipótesis se incluyen pertenencias en proyectos mineros que estén en etapas de exploración, prospección, construcción, explotación, beneficio o cierre, siempre que cuenten con permisos o declaraciones admitidas a trámite ante Sernageomin.
AMPLIACIÓN DE CAUSALES DE REBAJA
También podrán acceder a la rebaja los proyectos con una Resolución de Calificación Ambiental favorable o admitidos a trámite en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Otra causal es la entrega efectiva de información geológica al Servicio en cumplimiento del artículo 21 del Código de Minería, beneficio que podrá mantenerse por dos períodos consecutivos de pago de patente.
El Ejecutivo sostiene que estas modificaciones buscan adecuar el régimen de amparo a los tiempos reales de desarrollo de los proyectos mineros y reconocer factores técnicos, económicos, ambientales y regulatorios que afectan su avance.
DEROGACIÓN DE NORMA ESPECIAL
El proyecto deroga el artículo 142 ter del Código de Minería, que contemplaba una rebaja especial para titulares de hasta 500 hectáreas con trabajos en al menos una pertenencia. El gobierno estima que la ampliación de las hipótesis generales vuelve innecesario mantener ese mecanismo diferenciado. Sin embargo, se incorpora una disposición transitoria para conservar el beneficio respecto de quienes ya lo hubiesen obtenido y estén dentro del plazo de vigencia actual.
OTRAS MODIFICACIONES
La propuesta reemplaza al Ministerio de Minería por el Ministerio de Energía como órgano que debe informarse sobre la presencia de hidrocarburos en terrenos de concesiones mineras, para evaluar la separación de dichas sustancias. Además, deja sin efecto la derogación de los artículos 118 y 119 del Código de Minería, que protegen los hitos en los vértices de las concesiones. El Ejecutivo destaca que esos hitos cumplen una función de certeza técnica y jurídica y que es necesario mantener su protección y los mecanismos para su reposición en caso de destrucción o alteración.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
