La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) concretó una actualización relevante en el marco regulatorio del Sistema de Finanzas Abiertas (SFA), establecido por la Ley N°21.521, conocida como ley fintech. El organismo publicó las modificaciones a la Norma de Carácter General (NCG) N°514, que rige este sistema, en un movimiento que acerca la entrada en operación del esquema de intercambio de datos financieros.
Entre los cambios incorporados, el regulador introdujo el Anexo N°3, que detalla las especificaciones técnicas necesarias para que el SFA funcione de manera interoperable. Este anexo se complementa con la puesta a disposición de un portal para desarrolladores, lo que, según la CMF, permite que las entidades participantes inicien los desarrollos técnicos requeridos para la puesta en marcha del sistema.
AJUSTES PARA FACILITAR LA IMPLEMENTACION
La modificación normativa incluye un conjunto de adecuaciones orientadas a reducir las fricciones durante la implementación y a resguardar la seguridad del sistema. Entre las medidas más relevantes se encuentra una mayor gradualidad en el inicio de las distintas fases del SFA, con una entrada en vigor programada para julio de 2027. Se suma la homologación del mecanismo alternativo, la creación de una figura de participación simplificada para entidades de menor tamaño, la formalización de un período piloto de pruebas y la puesta a disposición de un área de testeo o sandbox tecnológico provisto por la propia CMF.
La CMF destacó que el proceso de elaboración de esta normativa se benefició de múltiples aportes, entre ellos los provenientes del Foro de Finanzas Abiertas, instancia que congregó a las distintas industrias que integrarán el sistema. Los resultados de dicho foro fueron considerados esenciales para diseñar una regulación que siente las bases de un sistema robusto, con miras a fomentar una mayor competencia en el mercado financiero y una oferta más amplia de productos para los clientes.
POSTERGACION DEL CALENDARIO ORIGINAL
El informe de impacto regulatorio emitido por la CMF explica que un elemento central de la modificación es la extensión del plazo de entrada en vigor en 12 meses adicionales, sumándose a los 24 meses previstos inicialmente. Esta postergación responde a que una parte sustancial del período original de 24 meses debió destinarse al desarrollo de definiciones técnicas, normativas y operativas necesarias para una implementación adecuada del SFA. La CMF señaló que, debido a la complejidad y el carácter transversal del proceso, fue necesario un trabajo coordinado y progresivo entre la Comisión, la industria y diversos actores del ecosistema financiero y tecnológico.
Además, la CMF recordó que, antes de publicar la normativa, debió realizar coordinaciones con otros organismos. En cumplimiento del artículo 27 de la ley fintech, la propuesta normativa fue enviada a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para que emitiera un informe técnico en las materias de su competencia.
RECOMENDACIONES DE LA FNE
La FNE, en su análisis, destacó tres aspectos principales. En primer lugar, recomendó evitar nuevas postergaciones en la entrada en vigencia de la normativa para no dilatar aún más la puesta en marcha del sistema. En segundo término, solicitó avanzar de manera oportuna y detallada en la definición de los criterios de distribución de costos, incorporando parámetros objetivos. Por último, estimó adecuado mantener la simplificación del mecanismo alternativo, siempre que las exigencias de disponibilidad aseguren niveles adecuados de resiliencia sistémica y eviten que fallas operativas afecten desproporcionadamente a los actores que dependen de la infraestructura del SFA para competir.
PRÓXIMOS PASOS DEL REGULADOR
La CMF precisó que no se contempla una nueva postergación de la entrada en vigencia y aclaró que el sistema no necesariamente comenzará a operar una vez cumplidos los plazos máximos establecidos para cada tipo de información, ya que esos plazos corresponden al límite para desplegar las interfaces de programación de aplicaciones (API). Las entidades podrían iniciar sus operaciones productivas antes de esos hitos.
En cuanto a la regulación de costos, la CMF informó que la publicación del Anexo N°4, referido a los umbrales de costos y los criterios para definir cobros por parte de los proveedores de información, está contemplada en el plan regulatorio para el segundo semestre del presente año. Respecto del mecanismo alternativo, el regulador coincidió en que una parte fundamental del correcto desarrollo del sistema será prever que la continuidad del servicio se mantenga al nivel exigido, por lo que en esta actualización normativa se incluyeron elementos que refuerzan las expectativas en esa materia.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
