La Defensora Nacional, Verónica Encina Vera, advirtió sobre un grave problema de proporcionalidad en el proyecto de ley, boletín N° 17.403-07, que busca aumentar las penas por rayados en bienes públicos, privados y monumentos nacionales. Durante su intervención ante la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados, transmitida por el canal Defensoría Penal Pública, la autoridad sostuvo que la iniciativa, si bien parece coherente internamente, al ser contrastada con el ordenamiento penal general genera una desproporción punitiva al asimilar estas conductas a delitos que afectan bienes jurídicos de mayor entidad.
PROYECTO EN DISCUSION
La iniciativa modifica el Código Penal y la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, para elevar las sanciones aplicables cuando el daño consiste en efectuar rayados, fijar mensajes, figuras u otras expresiones mediante marcadores o pintura. En particular, el artículo 38 de la Ley de Monumentos Nacionales quedaría con una pena de presidio mayor en su grado mínimo, esto es, de cinco años y un día a diez años. Para la Defensora Nacional, esa penalidad equipara el rayado a ilícitos como delitos contra la vida, delitos sexuales o incluso robos calificados —con violencia o intimidación, o con fuerza en lugar habitado—, que son pluriofensivos. En cambio, los daños simples nunca exceden los cinco años de presidio menor.
PROBLEMA DE PROPORCIONALIDAD
Encina explicó que el sistema penal chileno gradúa los daños según el valor de la propiedad afectada, dentro del marco del presidio menor en sus distintos grados. Agregó que el artículo 485 del Código Penal ya contempla algunos medios comisivos que elevan la penalidad, pero sin superar los cinco años. Por ello, si se desea castigar más severamente los rayados, la pena debiera mantenerse dentro del presidio menor para no vulnerar la proporcionalidad con otros tipos penales. La autoridad recalcó que elevar la sanción a penas de crimen resulta desmedido frente a delitos que protegen bienes jurídicos más relevantes.
CRITICA A LA REGLA DE PRISION EFECTIVA
La defensora también cuestionó la incorporación de una regla similar a la “ley Emilia”, que obliga a cumplir al menos un año de presidio efectivo sin posibilidad de penas sustitutivas. Recordó que la Defensoría ya manifestó su disconformidad con esa fórmula en su momento, porque se aplica incluso en delitos dolosos como el manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves o muerte. En el caso de los rayados, consideró que esa exigencia agrava aún más la desproporción y atenta contra el principio de proporcionalidad.
EFECTIVIDAD Y HACINAMIENTO
Durante su presentación, Encina advirtió que el incremento punitivo podría resultar ineficaz si no va acompañado de mejoras en la persecución. Señaló que los rayados suelen ocurrir en manifestaciones o durante la noche, y que rara vez se logra identificar a los autores en flagrancia, salvo que existan registros de cámaras. Sugirió que sería más eficaz aumentar las multas y fortalecer los mecanismos de detección, como el uso de videovigilancia.
Además, alertó sobre el impacto negativo que tendría la prisión efectiva obligatoria en el sistema penitenciario, que ya sufre altos niveles de hacinamiento. Ello implicaría un mayor gasto estatal en el mantenimiento de los reclusos, sin necesariamente disuadir la comisión de los hechos.
CONCLUSION DE LA DEFENSORIA
En síntesis, la Defensora Nacional planteó que, si se opta por calificar el delito de daños por rayados, la pena debe mantenerse dentro del marco del presidio menor, esto es, sin superar los cinco años. De lo contrario, se rompe la proporcionalidad con otros delitos contra la propiedad e incluso con ilícitos pluriofensivos. La autoridad instó a la Comisión a revisar el proyecto para evitar distorsiones en el sistema penal y privilegiar sanciones alternativas que resulten más efectivas y menos lesivas para los derechos de los imputados.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
