La Contraloría General de la República revocó su propia objeción y validó la decisión de la Municipalidad de Navidad de utilizar un inmueble financiado con recursos del Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL) como oficinas municipales, pese a que el proyecto original contemplaba su habilitación como centro gastronómico para alumnos de un liceo. El pronunciamiento se produjo tras acoger un recurso de reposición presentado por el municipio, que logró demostrar que actuó dentro de sus atribuciones legales y que no existían restricciones que impidieran el cambio de destino del bien.
ORIGEN DEL CONFLICTO
Todo comenzó con una denuncia que cuestionó la inversión de fondos públicos en un inmueble que inicialmente debía albergar un centro gastronómico en beneficio de estudiantes de un liceo de la comuna. Sin embargo, el recinto terminó siendo utilizado como oficinas municipales, lo que llevó a la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins a emitir un oficio (N°E572971, de 2024) objetando esa destinación. La Municipalidad de Navidad recurrió entonces ante la Contraloría General, solicitando dejar sin efecto dicho pronunciamiento.
LOS ARGUMENTOS DEL MUNICIPIO
En su recurso, la entidad edilicia planteó dos líneas de defensa. En primer lugar, alegó que no fue emplazada ni requerida de informe durante la tramitación de la denuncia, lo que vulneraría su derecho a ser oída. Asimismo, explicó que el inmueble fue adquirido mediante compraventa con la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales y que hasta 2014 funcionó allí la Escuela de Matanzas, la cual perdió su reconocimiento oficial por parte del Ministerio de Educación, cesando sus actividades.
El municipio sostuvo que el bien raíz se compró a título oneroso y sin condiciones, cargas o gravámenes que limitaran su uso. Por lo tanto, tras el cierre del establecimiento educacional, el alcalde, en su calidad de administrador de los bienes municipales, estaba facultado para destinar el inmueble a otras funciones propias de la gestión comunal.
CUMPLIMIENTO DEL PROYECTO FRIL
En cuanto al uso de los recursos del FRIL, el Gobierno Regional informó que el convenio de transferencia aprobado en 2018 fue ejecutado conforme a lo establecido, con una inversión cercana a los $94 millones. Las obras de habilitación y reacondicionamiento del recinto fueron recibidas en 2020, cumpliendo el proyecto original. La Contraloría constató que los fondos se destinaron efectivamente a esas obras, sin desvíos.
RESPUESTA DE LA CONTRALORÍA GENERAL
El órgano contralor descartó la alegación de falta de emplazamiento, señalando que se realizaron gestiones para recabar antecedentes, dirigidas a funcionarios municipales, en ejercicio de las facultades legales de fiscalización y bajo la modalidad aplicada en el caso. No se configuró una irregularidad procedimental.
En el análisis de fondo, la Contraloría recordó que los recursos del FRIL deben destinarse a proyectos de inversión regional conforme a la normativa presupuestaria, bajo el principio de legalidad del gasto. No obstante, también destacó que las municipalidades tienen atribuciones para administrar sus bienes y destinarlos al cumplimiento de sus funciones, pudiendo asignarlos a fines distintos a los originalmente previstos, siempre que no se afecte la finalidad principal ni se contravenga el interés general.
En el caso concreto, la Contraloría constató que el inmueble fue adquirido sin limitaciones de uso, que el establecimiento educacional dejó de funcionar en 2014 y que los recursos del FRIL se utilizaron correctamente. Por tanto, la determinación del uso posterior corresponde al ámbito de las atribuciones del alcalde, como administrador de los bienes municipales, tratándose de una decisión de mérito propia de la gestión comunal.
VALIDEZ DE LA ACTUACIÓN MUNICIPAL
En consecuencia, la Contraloría General acogió el recurso de reposición y dejó sin efecto, en lo pertinente, el oficio N°E572971 de 2024, validando la actuación de la Municipalidad de Navidad. El dictamen confirma que los municipios pueden reasignar inmuebles adquiridos sin restricciones a nuevas funciones, siempre que los fondos públicos hayan sido invertidos conforme al proyecto aprobado y no exista un impedimento legal expreso.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
