La Corte Suprema, en sentencia del 27 de mayo de 2026, declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la Municipalidad de Papudo. El fallo -causa Rol N°20.995-2026- confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que reconoció la existencia de una relación laboral con una trabajadora contratada formalmente a honorarios.
RECHAZO DE RECURSO POR CONTROL BIOMÉTRICO
El conflicto se originó luego de que la trabajadora obtuviera una sentencia favorable que declaró la relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones, ordenando el pago de cotizaciones de seguridad social. La municipalidad recurrió cuestionando si correspondía exigirle cotizaciones cuando el vínculo fue reconocido judicialmente y no desde su origen.
La Corte de Apelaciones estimó que la relación reunía los elementos propios de un contrato de trabajo, destacando la existencia de una jornada horaria estricta, la utilización de un sistema biométrico de control de asistencia y el cumplimiento de funciones bajo instrucciones directas dentro de la estructura municipal. Estos antecedentes configuraron una relación laboral conforme al artículo 7 del Código del Trabajo y al principio de primacía de la realidad.
La Municipalidad de Papudo solicitó unificar jurisprudencia sobre dos materias: si corresponde exigir el pago de cotizaciones de salud cuando un contrato a honorarios es recalificado judicialmente, y si procede condenarla al pago de cotizaciones previsionales por todo el período trabajado. La Corte Suprema sostuvo que no se pudo constatar un pronunciamiento sustancial sobre la materia propuesta, por lo que el recurso no superó el control de admisibilidad de los artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo.
Como resultado, el máximo tribunal declaró inadmisible el recurso, dejando firme el fallo que reconoció la relación laboral y las consecuencias previsionales ordenadas en la instancia.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
