La Corte Suprema aclaró que NotCo podrá seguir utilizando la palabra “milk” en su producto NotMilk, respondiendo a una solicitud de la Asociación Gremial de Productores de Leche de la Región de Los Ríos (Aproval). El máximo tribunal rechazó la petición del gremio lechero, que buscaba que el término en inglés quedara comprendido dentro de las prohibiciones establecidas en un fallo anterior.
En mayo de 2026, la Corte Suprema había ordenado a NotCo cesar el uso de la palabra “leche” y cualquier rotulado o imagen propia de la industria lechera en el envase y publicidad de NotMilk. Sin embargo, esa sentencia no mencionaba explícitamente el vocablo “milk”, lo que llevó a Aproval a solicitar una aclaración.
ANTECEDENTES DEL CONFLICTO
La disputa entre NotCo y Aproval se originó a finales de 2020. El gremio lechero demandó a la empresa por competencia desleal, argumentando que NotMilk confundía a los consumidores y desprestigiaba la leche tradicional mediante publicidad que incluía una vaca tachada. En mayo de 2023, el Primer Juzgado de Letras de Valdivia condenó a NotCo, prohibiendo el uso de la marca NotMilk.
En 2024, la Corte de Apelaciones de Valdivia revocó esa sentencia, rechazando la demanda de Aproval al considerar que los hechos no constituían competencia desleal. Ese fallo fue revertido por la Corte Suprema en su resolución de mayo de 2026.
DETALLES DEL FALLO DE MAYO
La sentencia de mayo concluyó que NotCo difundió hechos incorrectos e inexactos al designar su producto con la palabra “milk”, elemento destacado en el envase por tamaño, posición y color, junto a la imagen de una vaca. El tribunal consideró que el uso de “not” y la tarjadura del dibujo no lograban desvirtuar el mensaje recibido por los consumidores.
El fallo también señaló que frases publicitarias como “es leche pero not” o “le sacamos la vaca a la leche” buscaban provocar una asociación entre la leche de vaca y el producto de NotCo, reforzada por la comercialización en los mismos pasillos y góndolas que la leche.
ACLARACION DE LA CORTE SUPREMA
En su reciente aclaración, la Corte Suprema señaló que el fallo original se adoptó en un procedimiento sobre competencia desleal, cuyas reglas son distintas a las de propiedad industrial, donde se regulan las marcas comerciales. Por ello, rechazó la petición de Aproval sin perjuicio de los derechos que el gremio pueda ejercer en la sede correspondiente.
De esta forma, NotCo mantiene la posibilidad de usar la palabra “milk” en su producto, aunque la empresa debe cumplir con la orden de no utilizar la palabra “leche” ni imágenes propias de la industria lechera en sus envases y publicidad.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
