Diputado Nelson Venegas solicita investigación a Cancillería por presunta campaña contra candidatura de Bachelet a la ONU
El diputado socialista Nelson Venegas presentó un oficio ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para denunciar que funcionarios de esa cartera estarían realizando actos de oposición a la postulación de la ex Presidenta Michelle Bachelet como candidata de Chile ante la Organización de las Naciones Unidas.
La denuncia se fundamenta en un comunicado emitido el pasado 26 de marzo por el Instituto Libertad, documento que lleva la firma de tres funcionarios de Cancillería: Cristián Sanhueza, Cristián Jara y Francisco Devia. En esa misiva se consigna un expreso rechazo a la candidatura de la ex mandataria.
Según el parlamentario, los firmantes habrían incurrido en afirmaciones inexactas al señalar que Bachelet sería integrante del Grupo de Puebla, circunstancia que el diputado calificó como “absolutamente falsa”. Agregó que dicha conducta contradice lo manifestado por el propio Presidente de la República, Gabriel Kast, quien habría instruido a su gabinete no realizar campaña ni a favor ni en contra de la postulación.
CONTEXTO JURÍDICO Y DEBERE FUNCIONARIO
Para el análisis de esta situación resulta relevante el marco de la probidad administrativa y el deber de neutralidad que pesa sobre los funcionarios públicos. El artículo 8° de la Constitución Política de la República consagra los principios de probidad, transparencia y publicidad en el ejercicio de la función pública. A ello se suma lo dispuesto en la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, que establece las obligaciones de los empleados del Estado, entre ellas la de “desempeñar sus funciones con dedicación, eficiencia y responsabilidad, sin realizar actos que comprometan la imparcialidad del servicio”.
En particular, el diputado Venegas subrayó la situación del funcionario Francisco Devia, quien se desempeña como ministro consejero y encargado de asuntos políticos en la embajada de Chile en España. Según la denuncia, Devia habría suscrito la carta de rechazo sin contar con la autorización previa de Cancillería, requisito exigido para este tipo de comunicaciones oficiales.
POSIBLES CONSECUENCIAS DISCIPLINARIAS
El diputado solicitó que la Cancillería inicie una investigación sumaria para determinar las responsabilidades que correspondan. En el caso específico de Devia, planteó que la sanción podría llegar hasta la separación de sus funciones, en el marco de un sumario administrativo.
Cabe recordar que el procedimiento disciplinario en la administración pública chilena se rige por el Título V de la Ley N° 18.834, el cual contempla desde amonestaciones hasta la destitución, según la gravedad de los hechos acreditados. La separación de funciones es una medida excepcional, reservada para faltas graves como la desobediencia a instrucciones superiores o la vulneración del deber de lealtad institucional.
DECLARACIONES DEL DIPUTADO
En sus declaraciones, Venegas enfatizó que “los funcionarios firmantes presentaron una carta señalando que Michelle Bachelet era perteneciente al Grupo de Puebla, siendo esto absolutamente falso”. Añadió que “esto va en contra de lo mismo que había señalado el Presidente Kast, donde no iban a hacer campaña a favor, pero tampoco en contra. Por eso le estamos solicitando a la Cancillería su pronunciamiento”.
Sobre la situación de Devia, el diputado indicó que “él incluso estaría haciéndolo en una situación más compleja, porque tiene que solicitar autorización para hacer comunicaciones de parte de la Cancillería, y esto no lo realizó”.
“En términos generales solicitamos a la Cancillería que investigue y realice todas las actuaciones que correspondan, pero en el caso específico de Francisco Devia corresponde una sanción, corresponde un sumario, y en caso de existir sumario incluso correspondería la separación de sus funciones, porque él está en el ejercicio de un cargo”, concluyó el parlamentario.
IMPLICANCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS
Más allá del caso concreto, esta denuncia abre un debate sobre los límites de la actividad política de los funcionarios públicos. Si bien la Constitución y las leyes reconocen el derecho a la libertad de expresión, este derecho debe ejercerse con las restricciones propias del cargo, especialmente cuando se trata de representantes del Estado en el extranjero.
La Cancillería deberá pronunciarse sobre si las conductas denunciadas constituyen una infracción al deber de imparcialidad y, en su caso, determinar las sanciones administrativas que procedan conforme al ordenamiento jurídico chileno.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
