El Congreso Nacional cerró esta semana un vacío legal que permitía a condenados por violencia intrafamiliar (VIF) o femicidio acceder a la pensión de sobrevivencia de sus víctimas. Con una votación unánime de 147 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados despachó el proyecto de ley que modifica el artículo 5 bis del Decreto Ley N° 3.500, impidiendo que quienes hayan sido condenados por estos delitos obtengan beneficios económicos derivados de la persona afectada.
La iniciativa, identificada con el Boletín 17.724-34, busca ser coherente con la condena social y jurídica hacia la violencia contra las mujeres, cerrando una puerta que hasta ahora permitía que el agresor se beneficiara económicamente de su víctima. La norma fue respaldada de forma transversal en la Sala, reflejando un amplio consenso político en torno a la protección de las víctimas.
VOTACIÓN UNÁNIME Y SIN OPOSICIÓN
El proyecto fue aprobado en su último trámite legislativo, por lo que ahora queda listo para su promulgación. La totalidad de los diputados presentes respaldó la modificación legal, lo que da cuenta de la urgencia y relevancia que el Parlamento asignó a esta materia. La ausencia de votos en contra y abstenciones subraya la voluntad de avanzar en medidas que fortalezcan la seguridad de las mujeres y eviten que los victimarios obtengan réditos económicos tras cometer delitos graves.
MODIFICACIÓN AL D.L. 3.500
El cambio normativo se centra en el artículo 5 bis del Decreto Ley N° 3.500, que regula el sistema de pensiones de sobrevivencia. Hasta ahora, la legislación previsional no contemplaba una prohibición expresa para que personas condenadas por VIF, femicidio u otros ilícitos graves pudieran acceder a estos beneficios. Con la reforma, se establece una causal de incompatibilidad que impide que el condenado pueda recibir la pensión que, en otras circunstancias, correspondería a la víctima.
De esta forma, se cierra un vacío legal que generaba una paradoja jurídica: el mismo sistema que debía proteger a las víctimas terminaba permitiendo que el agresor se beneficiara económicamente de su conducta ilícita. La nueva norma es aplicable a condenas por delitos de violencia intrafamiliar, femicidio y otros delitos graves que la ley determine, según lo establecido en el texto aprobado.
DECLARACIONES OFICIALES
Durante la jornada, la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Judith Marín, valoró el avance de la iniciativa y destacó el compromiso del Ejecutivo con esta materia. «Como ministerio hemos trazado nuestras prioridades, y entre ellas una de las más importantes, si no la más importante, la seguridad de las mujeres», señaló la secretaria de Estado.
Marín agregó que «prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres nos parece fundamental, y eso es lo que viene a hacer este proyecto de ley, a ser coherentes con la condena, condenando la violencia contra las mujeres». Asimismo, informó que su cartera ya ha presentado seis querellas por femicidios consumados, como parte de las acciones concretas que impulsa el Ejecutivo en esta línea.
La ministra enfatizó el mensaje central de la norma: «Lo más importante que viene a ser este proyecto de ley es asegurar que ninguna persona condenada por delitos graves como femicidios pueda beneficiarse económicamente de su víctima. Y en ese sentido, como Estado, tenemos que ser coherentes en la protección y también en condenar fuertemente la violencia contra la mujer».
IMPACTO Y PROYECCIÓN
Con esta modificación, Chile se alinea con estándares internacionales que buscan evitar que los victimarios obtengan ventajas económicas derivadas del delito. La nueva ley refuerza el principio de que nadie debe lucrar con el daño causado, especialmente cuando se trata de delitos que atentan contra la vida y la integridad de las mujeres.
La norma será aplicable a todas las condenas firmes que recaigan sobre personas que hayan cometido estos delitos, independientemente de la fecha de la sentencia, según lo dispuesto en el texto legal. Se espera que la promulgación y publicación en el Diario Oficial ocurra en los próximos días, una vez que el Ejecutivo realice el trámite correspondiente.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
