La sesión de la Comisión de Seguridad Pública del Senado, celebrada el 5 de mayo de 2026, tuvo como eje central la discusión de dos proyectos de ley orientados a fortalecer la persecución penal. En la instancia, encabezada por su presidente y con la presencia de la ministra de Seguridad Pública, Trinidad Steiner, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, se abordó una de las problemáticas más sensibles del sistema: la llamada «puerta giratoria» y la impunidad asociada a la incomparecencia de los acusados.
El primer proyecto en análisis, originado en un mensaje del Ejecutivo, propone modificar el Código Procesal Penal para permitir la continuación del juicio oral y la dictación de sentencia definitiva cuando el acusado, debidamente notificado, no comparece sin justificación. La iniciativa busca dar respuesta a una realidad estadística que, según las cifras presentadas por la ministra, revela la magnitud del problema: más de 77.500 procesos penales cuentan con órdenes de detención pendientes por incomparecencia, de los cuales un 62% corresponde a delitos de mediana gravedad que afectan directamente a la ciudadanía.
PROYECTO DE JUICIO EN AUSENCIA
La propuesta legislativa se sustenta en la necesidad de que cada detención realizada por las policías se traduzca en una respuesta judicial concreta. La ministra Steiner enfatizó que el sistema actual premia a quien se oculta, ya que la declaración de rebeldía y el posterior sobreseimiento temporal paralizan el proceso, dejando a las víctimas sin una resolución de fondo. El proyecto, según se explicó, no elimina la institución de la rebeldía ni vulnera la presunción de inocencia, sino que establece condiciones precisas para que el juicio pueda continuar en ausencia del acusado.
Entre los requisitos clave se encuentran: que el acusado haya sido notificado formalmente con el apercibimiento de que su incomparecencia habilitará el juicio en su ausencia; que haya sido declarado rebelde durante o después de la audiencia de preparación del juicio oral; y que la pena solicitada no supere los cinco años de privación o restricción de libertad. Además, se exige la presencia activa de un abogado defensor, garantizando así el derecho a la defensa técnica.
GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y DERECHO COMPARADO
El ministro de Justicia reforzó la compatibilidad de la reforma con los estándares constitucionales e internacionales. Citó la Observación General N°32 del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que permite la celebración de juicios en ausencia cuando el acusado, informado con antelación, renuncia voluntariamente a su derecho a estar presente. Asimismo, recordó que la Corte Suprema, en sentencias de 2023 y 2025, ha reconocido esta posibilidad bajo ciertos resguardos.
El proyecto también contempla que, si el acusado comparece tardíamente durante el juicio, el presidente del tribunal deberá informarle de lo ocurrido, y se suspende el plazo para interponer el recurso de nulidad hasta que el condenado acredite haber tomado conocimiento de la sentencia, con un tope máximo de 90 días.
DEBATE EN LA COMISIÓN
Durante la ronda de preguntas, los senadores plantearon diversas observaciones. Algunos cuestionaron el límite de cinco años para la procedencia del juicio en ausencia, argumentando que los delitos más graves podrían quedar excluidos. Otros señalaron que el plazo de 90 días para recurrir de nulidad resulta excesivo en comparación con los plazos ordinarios del código. También se consultó sobre el estándar probatorio para acreditar el conocimiento de la sentencia y la necesidad de armonizar la reforma con el artículo 252 del Código Procesal Penal, que regula el sobreseimiento temporal.
Los ministros acogieron varias de estas inquietudes. La ministra Steiner se mostró partidaria de eliminar el límite de cinco años y de reducir el plazo para el recurso de nulidad, anunciando que se presentarán indicaciones en ese sentido. El ministro Rabat agregó que se mantendrá la norma del sobreseimiento temporal para evitar vacíos normativos, pero que la regla general será la continuación del juicio en ausencia una vez declarada la rebeldía.
SEGUNDO PROYECTO: CRIMEN ORGANIZADO Y ALTA COMPLEJIDAD
En la segunda parte de la sesión, se comenzó el estudio de una moción de senadores que modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar la persecución penal de la criminalidad organizada y el terrorismo. El director de la Unidad Especializada de Crimen Organizado y Drogas del Ministerio Público, Ignacio Castillo, valoró positivamente la iniciativa, pero advirtió sobre la necesidad de armonizarla con modificaciones legales recientes, como la ley de crimen organizado y la ley de reincidencia. Destacó que el proyecto incluye avances en materia de protección de intervinientes y en el seguimiento de bienes incautados, aunque algunas disposiciones ya están siendo tramitadas en otros cuerpos legales, lo que requerirá ajustes de sistematicidad.
La comisión acordó citar para la próxima sesión a la Defensoría Penal Pública y al Ministerio Público, y fijó un plazo de una semana para la presentación de indicaciones, con miras a votar el proyecto en general y particular.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
