La Comisión de Educación del Senado retomó el análisis del proyecto de ley sobre convivencia escolar, abordando las indicaciones vinculadas a la pérdida de la gratuidad en la educación superior para estudiantes condenados por delitos graves. La sesión se centró en definir los requisitos para acceder al beneficio estatal y las consecuencias de ciertas conductas delictivas dentro del entorno educativo.
DEBATE SOBRE GRATUIDAD Y CONDENAS PENALES
Uno de los puntos más discutidos fue la propuesta de eliminar la gratuidad para aquellos estudiantes que, mediante sentencia firme, hubieran sido condenados por delitos contra la vida, la integridad física o sexual de las personas, así como contra la propiedad, siempre que estos hechos se hubieran cometido en establecimientos educacionales o en sus inmediaciones. La Comisión examinó si esta medida constituía una sanción civil adicional a la condena penal, generando opiniones divididas en torno a su proporcionalidad.
Los panelistas coincidieron en que la inhabilitación perpetua para acceder a la gratuidad resultaba desproporcionada, por lo que se acordó fijar un plazo de cinco años de duración para dicha restricción. Además, se planteó la necesidad de que el Estado garantice programas de continuidad educativa y apoyo psicosocial para los jóvenes afectados, con el fin de facilitar su reintegración social.
INHABILITACIÓN Y REINTEGRACIÓN SOCIAL
Se destacó que la pérdida del beneficio de gratuidad no implica la imposibilidad de acceder a la educación superior, pues el estudiante podría optar por otras vías de financiamiento, como el Crédito con Aval del Estado (CAE), que se otorga en función de la capacidad económica. Sin embargo, existió consenso en que la medida debe ser temporal y no convertirse en una barrera definitiva para el desarrollo educativo.
Respecto a la aplicación de esta inhabilitación a menores de edad, el subsecretario de Educación explicó que la normativa se enfoca en conductas ocurridas dentro del recinto escolar, excluyendo expresamente a quienes hubieran sido juzgados bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley 20.084). Esta precisión buscó evitar que sanciones penales para jóvenes se traduzcan automáticamente en la pérdida de beneficios estudiantiles.
EXPULSIONES, APOYO PSICOSOCIAL Y CONVIVENCIA
En otro bloque, se abordaron las indicaciones relacionadas con la expulsión de estudiantes de establecimientos educacionales. Se planteó que la decisión de separar a un alumno debe ir acompañada de un proceso de apoyo psicosocial, tanto para el afectado como para la comunidad escolar, con el objetivo de prevenir la exclusión y fomentar la reinserción. También se discutió la necesidad de tipificar el acoso escolar a través de medios digitales, incorporando sanciones claras para quienes hostiguen a docentes o asistentes de la educación mediante redes sociales u otras plataformas.
Los participantes coincidieron en que el proyecto debe priorizar el interés superior del niño, niña o adolescente, estableciendo plazos razonables para que los establecimientos actualicen sus reglamentos internos y protocolos de convivencia.
CIERRE DE LA SESIÓN Y PRÓXIMOS PASOS
Al finalizar la jornada, se aprobaron varias indicaciones del Ejecutivo que modificarán el régimen de gratuidad, limitándola a delitos específicos y estableciendo una inhabilitación temporal de cinco años. Asimismo, quedaron pendientes algunas propuestas de los senadores que serán revisadas en una próxima sesión, especialmente aquellas referidas a la coordinación entre el Ministerio de Educación y los servicios de reintegración social. La Comisión acordó continuar el debate en los próximos días, con el objetivo de despachar el proyecto a la Sala antes del receso legislativo.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
